fecha de respuesta: 12.11.2024
La ley contempla que si un licitador tuvo acceso a información privilegiada o participó en la elaboración técnica del pliego que le dé ventaja, puede ser excluido para salvaguardar la igualdad de trato. Esto se denomina 'participación previa del licitador' y exige que se neutralice cualquier ventaja competitiva. Si no es posible garantizar la igualdad, el órgano de contratación excluye la oferta. Es importante que, si una empresa colaboró en un estudio preliminar, no se beneficie luego de ello injustamente. La exclusión se justifica si no hay otra forma de remediar el conflicto de intereses.