fecha de respuesta: 01.01.2025
La normativa autonómica de turismo y la Ley de Consumidores permiten al establecimiento exigir un anticipo o depósito para la reserva. Se regula en las condiciones generales, que deben ser transparentes. Muchas comunidades fijan un máximo de señal (por ejemplo, un 30% de la estancia). El hotel puede retener esa señal o cargar el importe de la primera noche si el cliente no se presenta sin cancelar, siempre que esté recogido en la política de cancelación. Si el cliente cancela dentro del plazo gratuito, no se penaliza. La práctica del 'no-show' se considera aceptada por el consumidor si fue informado. Abusos (cargos excesivos o no justificados) son impugnables.