fecha de respuesta: 26.12.2024
Si cocinas en un local industrial y no atiendes clientes presenciales, sigues necesitando la licencia de actividad como obrador o establecimiento de elaboración de alimentos. Aunque no abras al público, la manipulación de alimentos requiere cumplir condiciones sanitarias y urbanísticas. El reparto a domicilio no te exime de la licencia: debes tramitarla ante el ayuntamiento, presentar el proyecto sanitario y gestionarte como 'elaboración de comidas preparadas'. Además, si el local no recibe clientes, no hay zona de comedor, pero sí precisas cumplir con los requisitos de seguridad e higiene alimentaria. Sin la licencia, no podrías facturar legalmente esa actividad.