fecha de respuesta: 17.12.2024
La mediación en España es voluntaria, por lo que no se puede obligar a una parte que no desee participar. Sin embargo, en algunos supuestos, el juez puede recomendar o invitar a la mediación antes de proseguir el juicio. Tampoco se sanciona a quien no acude, salvo que exista una norma específica en ciertos ámbitos (por ejemplo, reclamaciones a entidades bancarias a veces exigen intentos de conciliación). Si tu socio no quiere, la mediación no prosperará, pues el éxito radica en la buena fe de ambas partes. En tal caso, tendrás que recurrir a arbitraje o a la vía judicial.