fecha de respuesta: 05.11.2024
Sí, si dos personas compraron un inmueble (o heredan una finca) y consta en la escritura que son cotitulares, existe un proindiviso o comunidad de bienes sobre el inmueble. Aunque no redacten un contrato específico, el Registro puede inscribir la finca a favor de ambos, con la cuota de cada uno. Si no se formalizó ante notario, en principio no habría inscripción, pero la copropiedad existe por el mero hecho del acuerdo de compra y el pago conjunto. Cada uno posee una cuota ideal. Eso sí, para total seguridad es aconsejable formalizar el título y, si lo desean, reflejar porcentajes exactos, pues en ausencia se presume la igualdad de cuotas.