fecha de respuesta: 07.11.2024
La administración no puede discriminar por ideología a la hora de adjudicar subvenciones, siempre que las entidades solicitantes cumplan los requisitos objetivos. Si existen criterios de selección, deben ser neutrales y transparentes (finalidad, solvencia, etc.). Si se demuestra que se ha denegado la subvención a un grupo por su ideología o postura crítica hacia el gobierno, se consideraría vulneración del principio de igualdad (art. 14 CE). Podría anularse la resolución en sede contencioso-administrativa y obligar a conceder la subvención. La Constitución obliga a tratar de forma imparcial a todos los solicitantes sin introducir razones ideológicas como factor discriminatorio.