fecha de respuesta: 16.12.2024
En España, no hay una obligatoriedad general de mediación en conflictos societarios. Sin embargo, es frecuente que en el pacto de socios o estatutos se inserte una cláusula de sometimiento a mediación previa a cualquier litigio. Si las partes pactaron esa obligación, podrían verse compelidas a intentarlo antes de demandar en el juzgado. Pero la ley no impone una mediación forzosa. Se recomienda la mediación voluntaria para salvaguardar la relación y evitar el coste y lentitud del juicio, pero no es un paso legalmente obligatorio.