fecha de respuesta: 14.11.2024
La ley y las autoridades de competencia y audiovisuales suelen supervisar que un grupo no controle simultáneamente grandes cuotas en varios segmentos (prensa, radio, TV, digital), dado que afectaría el pluralismo. Tras la liberalización, no hay una prohibición absoluta, pero se analizan los umbrales de audiencia acumulada, como en la Ley 7/2010, y la CNMC puede oponerse si la fusión o adquisición lleva a un dominio mediático excesivo. No se prohíbe poseer diversos medios, pero se impone una evaluación de sus efectos sobre el pluralismo informativo y la competencia en los mercados publicitarios. Se vigilan los riesgos de monopolio y la limitación de voces.