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¿La compensación del daño de un cártel se limita al sobreprecio pagado?

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Pregunta del visitante

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13.11.2024

¿Cabe reclamar el lucro cesante?

Respuesta a la pregunta 17.11.2024
fecha de respuesta: 17.11.2024

Los perjudicados pueden reclamar la indemnización total por daños y perjuicios, lo que incluye el sobrecoste o sobreprecio pagado y, si procede, el lucro cesante (beneficios que hubieran obtenido sin el cártel), así como los intereses legales desde la fecha de pago. Para probar el lucro cesante, se requiere evidencia de oportunidades de negocio frustradas u operaciones a menor precio en un escenario competitivo. El tribunal valora la estimación razonable. No se limita solo al sobreprecio, pues el Derecho de la UE y la Ley de Defensa de la Competencia buscan la reparación plena del daño efectivamente sufrido.

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