fecha de respuesta: 23.11.2024
Normalmente no, porque el franquiciado es un empresario independiente que asume riesgos y decisiones, aunque deba cumplir directrices de la marca. El franquiciador no paga salario ni integra al franquiciado en su estructura. Sin embargo, un control excesivo y una dependencia total pueden hacer que un tribunal valore la existencia de rasgos de laboralidad (subordinación, ajenidad en los riesgos). Es infrecuente y la jurisprudencia suele distinguir bien la franquicia de la relación laboral. El uso de uniformidad, formación o supervisión de estándares no convierte al franquiciado en empleado, salvo que se demuestre una verdadera subordinación laboral.