fecha de respuesta: 23.11.2024
La pensión de jubilación del Régimen General se abona en catorce pagas anuales (12 mensuales + 2 pagas extraordinarias en junio y noviembre). Sin embargo, en algunos regímenes (por ejemplo, autónomos o convenios especiales) se puede optar al prorrateo en 12 meses, aunque lo más habitual son las 14 pagas al año. Las pagas extras no se consideran una gratificación aparte, sino que forman parte de la prestación total. Además, hay pensiones no contributivas que se abonan en 12 mensualidades. El beneficiario, en ocasiones, puede pedir la forma de cobro, pero la norma general son 14 pagas en la contributiva.