fecha de respuesta: 07.01.2025
Sí, tras la reforma del Código Civil que reconoce a los animales como seres sintientes, el juez puede asignar su custodia a uno de los cónyuges o establecer una tenencia compartida, atendiendo al bienestar del animal y al vínculo afectivo. Se valora quién puede ofrecer mejor cuidado, la disponibilidad, el entorno y el interés superior del animal. Se asemeja a la custodia de menores en cuanto a la motivación del juez, aunque no es exactamente igual. Puede fijarse un régimen de visitas y gastos compartidos. Esto evita disputas o que un cónyuge se vea privado de ver a su mascota.