fecha de respuesta: 22.11.2024
Es posible, pero la remuneración en criptomonedas genera complicaciones fiscales y laborales. Se considera retribución en especie, tasada en euros según su cotización en el momento del pago. Debes retener IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social, calculando el valor de mercado. Además, el trabajador debe declarar ese ingreso en su IRPF. El pago en cripto no exime de cumplir con la normativa de salario mínimo, nóminas y cotizaciones. Es recomendable un asesoramiento específico para evitar infracciones.