fecha de respuesta: 07.11.2024
En el caso Achmea (C-284/16), el TJUE dictaminó que las cláusulas de arbitraje inversor-Estado en un BIT entre dos Estados miembros (Eslovaquia y Países Bajos) menoscaban la autonomía del ordenamiento de la UE, pues permiten a un tribunal arbitral externo interpretar y aplicar el Derecho de la Unión sin control del TJUE. Ello contraviene los principios de cooperación judicial y la primacía del Derecho de la UE. Por tanto, las cláusulas arbitrales en tratados intra-UE son incompatibles con los Tratados de la Unión. Esto obliga a los Estados miembros a terminar o reformar los BIT intra-UE, cerrando la vía ISDS dentro de la Unión y reforzando la competencia de los tribunales nacionales y del TJUE.