fecha de respuesta: 05.12.2024
El derecho a reclamar las pensiones vencidas prescribe a los cinco años, según dispone el Código Civil para las acciones de cobro de alimentos. Por tanto, usted puede exigir el pago de las mensualidades de los últimos cinco años, pero las anteriores podrían estar prescritas si no hubo reclamación. Es importante presentar la ejecución o demanda antes de que transcurra ese plazo para no perder el derecho. En todo caso, conviene consultar con un abogado para analizar la prescripción exacta.