¿Qué papel juega la confidencialidad en el arbitraje y la mediación?
- 24.11.2024
He visto casos en que primero se intenta la mediación y, si fracasa, se pasa a arbitraje. ¿Puede una misma persona ejercer de mediador y luego de árbitro? ¿No afectaría a la imparcialidad?
En España, la Ley de Mediación y la Ley de Arbitraje no prohíben expresamente que la misma persona ejerza ambas funciones, pero sí se aconseja cautela. La práctica usual es que mediador y árbitro sean diferentes, para evitar conflictos de imparcialidad: en mediación, el tercero escucha confidencias y promueve acercamientos, mientras que en arbitraje debe dictar un laudo basándose sólo en las pruebas y argumentos formales. Es fundamental que las partes acepten expresamente ese doble rol si quieren a la misma persona. No obstante, lo más habitual es separar los procesos para preservar la neutralidad.