fecha de respuesta: 13.11.2024
El banco debe tener una base legal para tratar los datos con fines de marketing: bien el consentimiento expreso del cliente, bien un interés legítimo si se cumplen los requisitos de equilibrio de derechos. No puede usar los datos para mandar publicidad sin consentimiento, salvo que se trate de productos propios similares contratados con anterioridad, respetando el derecho de oposición. El RGPD y la LOPDGDD exigen informar y permitir al cliente revocar la autorización en cualquier momento. El spam bancario masivo sin el debido consentimiento o sin cumplir el interés legítimo estaría prohibido y podría conllevar sanciones de la AEPD.