fecha de respuesta: 06.11.2024
Sí, el propietario puede exigir que se corten las ramas o raíces que penetren en su terreno, pues suponen una invasión. El Código Civil (art. 592) permite arrancar las raíces y exigir al vecino que pode las ramas salientes. Los frutos que caen naturalmente en la finca ajena pertenecen al dueño del árbol, pero si la finca afectada se ve perjudicada o hay exceso de molestias, el perjudicado puede reclamar. Por cortesía, algunos arreglos vecinales permiten recoger dichos frutos. Lo principal es que no exista intrusión injustificada que dañe la propiedad.