fecha de respuesta: 13.11.2024
La legislación autoriza la reserva de ciertos contratos o lotes para empresas de inserción laboral o centros especiales de empleo, con el fin de promover la integración de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión. No se considera discriminatorio porque el objetivo es de interés general, favoreciendo la cohesión social. Estos contratos reservados se publican como tales, pudiendo solo presentarse dichas entidades. De todos modos, esas empresas deben cumplir la normativa y demostrar solvencia. Es una excepción al régimen general de libre concurrencia, justificada por motivos sociales reconocidos internacionalmente y por la propia normativa europea, siempre que no se abuse ni exceda los límites.