fecha de respuesta: 31.10.2024
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, y la de Estrasburgo, establecen que los controles policiales no deben basarse en estereotipos raciales. Las identificaciones selectivas a personas de determinada etnia sin indicios concretos son discriminatorias. El artículo 14 CE y la Ley de Seguridad Ciudadana exigen que la policía actúe con criterios objetivos, evitando prácticas de 'racial profiling'. Si alguien siente que ha sido parado sólo por ser negro o árabe, puede denunciarlo, y los tribunales han anulado órdenes policiales con indicaciones racistas. La Delegación de Gobierno y la Fiscalía pueden investigar estas prácticas y sancionar a los agentes responsables.