fecha de respuesta: 21.12.2024
En España, el derecho a alimentos de un menor no depende del estado civil de los progenitores. Ya sea hijo matrimonial o extramatrimonial, la obligación de manutención es la misma. Si se reconoce la paternidad, se asume el deber de pagar alimentos. El Código Civil no distingue el origen de la filiación. Por tanto, independientemente de que no hubiera matrimonio o convivencia, se puede reclamar la pensión una vez establecida la paternidad.