fecha de respuesta: 18.11.2024
Los derechos morales del autor son inalienables, irrenunciables e intransferibles, lo cual implica que el autor no puede cederlos a un tercero ni renunciar a ellos definitivamente. Por ejemplo, no cabe pactar que el autor pierda el derecho a ser reconocido como tal o que otro aparezca falsamente como creador. Tampoco puede ceder el derecho a la integridad de la obra ni el derecho de arrepentimiento y retirada. Aunque sí se pueden firmar contratos donde el autor acuerde no ejercer ciertas acciones, se considera que el fondo moral subsiste. Por ende, a diferencia de los derechos patrimoniales, los morales permanecen siempre en el autor.