fecha de respuesta: 02.11.2024
Sí, un heredero puede repudiar (renunciar) la herencia libremente antes de aceptarla. Entonces, se entiende que nunca fue heredero. Si existen otros herederos llamados en el testamento o por la ley, su cuota se acrece a los restantes o pasa al siguiente en la línea sucesoria. En la sucesión intestada, si todos renuncian, el llamamiento pasa a parientes de grado siguiente. Si nadie la acepta, los bienes pueden pasar al Estado. La renuncia debe formalizarse en escritura pública o acta notarial y es irrevocable. Así, el inmueble se asigna a quien finalmente acepte la herencia. El renunciante no asume deudas ni recibe beneficios de esa herencia.