fecha de respuesta: 10.12.2024
Normalmente, los cambios legislativos se aplican hacia el futuro, respetando derechos adquiridos. Si se reforma el sistema de cálculo o la revalorización, suele aplicarse a los jubilados presentes pero no se reabre el cálculo inicial salvo disposición expresa. Por ejemplo, si la ley decide revalorizar las pensiones con el IPC, ese incremento es para años futuros, no se revalorizan retroactivamente todos los ejercicios pasados. Tampoco se recalcula la base reguladora de quienes ya se jubilaron. Se aplica el principio de seguridad jurídica, salvo medidas excepcionales que decidan expresamente una retroactividad.