fecha de respuesta: 03.12.2024
Si el contrato de edición estipula la cesión de derechos de reproducción y distribución por un tiempo determinado o tirada limitada, es necesario renovar o firmar addendas para posteriores ediciones o tiradas. Si no se previó plazo y la cesión es indefinida, la editorial puede reeditar, pero debiendo abonar regalías según las ventas. El autor recibe un porcentaje por ejemplar vendido. El agotamiento del stock no extingue el contrato si la cesión continúa vigente. Sin embargo, si la editorial no reedita y mantiene la obra descatalogada, el autor puede resolver el contrato por incumplimiento si hay cláusulas al respecto. Cada reedición debe respetar los términos de remuneración pactados.