fecha de respuesta: 10.12.2024
Sí, como titular de la patente, puedes otorgar licencias exclusivas (sólo un licenciatario) o no exclusivas (varios licenciatarios simultáneos). Legalmente no hay límite a la cantidad de licencias no exclusivas que puedas conceder, siempre que no infringas acuerdos previos de exclusividad. Cada licencia se inscribe en el Registro de Patentes si deseas oponibilidad frente a terceros. Tienes libertad contractual para pactar territorios, duración, royalties, etc. La única restricción es no violar la normativa de competencia (no fijar acuerdos que supongan colusión o abuso).