fecha de respuesta: 06.01.2025
Sí, puedes ceder el usufructo de tu vivienda a un familiar, otorgando escritura ante notario que reconozca ese derecho de usufructo vitalicio o temporal. Se inscribe en el Registro de la Propiedad, de modo que el usufructuario podrá usar y disfrutar el inmueble, mientras tú conservas la nuda propiedad. Al fallecer el usufructuario o vencer el plazo, el derecho se extingue y se consolida la plena propiedad en tus manos. Fiscalmente, la cesión puede conllevar Impuesto de Donaciones si es gratuita, y es recomendable fijar la base de cálculo en la escritura.