fecha de respuesta: 18.01.2025
Sí, cuando has despachado a libre práctica y luego devuelves la mercancía al proveedor (por no conformidad, defectos o similar), puedes acogerte al régimen de devolución de derechos si cumples los requisitos (artículos del CAU). Debes probar que la mercancía está en idéntico estado, no se ha usado salvo para pruebas, y la devuelves en un plazo determinado. Presentas la solicitud de reembolso y la prueba de reexportación. La aduana revisa si procede la devolución total o parcial de los derechos de importación. No obstante, hay formalismos y plazos, por lo que conviene tramitarlo con un agente aduanero. El IVA también puede rectificarse si justificas la devolución.