fecha de respuesta: 09.12.2024
El consumidor puede denunciar ante la autoridad de consumo de su comunidad, aportando pruebas (capturas, testimonios). Ésta puede incoar expediente sancionador contra el anunciante. También se puede recurrir a Autocontrol, si el anunciante se sometió a su Código de Autorregulación. Autocontrol puede requerir la retirada del anuncio o pronunciarse sobre su licitud. Además, el consumidor puede interponer demanda civil para cesar la publicidad engañosa e incluso reclamar daños si los sufre. Cada vía es compatible: la vía administrativa para sancionar y la vía civil para protección individual.