fecha de respuesta: 02.11.2024
Puedes pactar con esos directivos, si son vitales para la empresa, una cláusula de no competencia postcontractual. Les prohíbe trabajar en competidores o montar un negocio similar por un tiempo y territorio definidos. Así proteges la información sensible y la clientela, impidiendo que se la lleven a la competencia. La ley exige que la compensación sea adecuada y la duración y ámbito razonables. Esto se incluye en sus contratos laborales o en el acuerdo de compraventa si ellos venden su parte. Con ello, mejoras la estabilidad del negocio tras la adquisición.