fecha de respuesta: 09.01.2025
Sí, las resoluciones sancionadoras o de control de concentraciones dictadas por la CNMC agotan la vía administrativa, y pueden recurrirse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Esta revisa la legalidad de la actuación, pudiendo anular o modificar la sanción o la decisión. El TS es competente en casación. De igual modo, si la CNMC archiva un expediente, un perjudicado también puede recurrir. Asimismo, existe posibilidad de plantear cuestiones prejudiciales ante el TJUE si se discute la interpretación del Derecho de la UE. Esto garantiza el control judicial efectivo sobre las decisiones de competencia.