fecha de respuesta: 04.11.2024
Si un anuncio indica un precio y el comprador se encuentra con un importe superior en caja, se trata de publicidad engañosa y se infringe la normativa de consumidores. El comercio debe respetar el precio anunciado, salvo error tipográfico muy evidente. La Ley de Consumidores establece que en caso de discrepancia, prevalece el precio más favorable al consumidor (salvo escasos supuestos de error manifiesto). El cliente puede exigir el cumplimiento. Si la tienda se niega, cabe reclamación a Consumo y posible sanción. El principio es que la información publicitaria es vinculante para el empresario.