fecha de respuesta: 07.01.2025
La Ley 41/2002 y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional exigen autorización judicial para cualquier internamiento involuntario por razón de trastorno psíquico. El psiquiatra, si ve imprescindible el ingreso por riesgo grave para la persona o terceros, debe comunicarlo de inmediato al juzgado, que lo ratifica en un plazo corto tras oír al paciente (si es factible). Se respetan los derechos fundamentales del ingresado: derecho a comunicación, a recibir información, a trato digno, y a recurrir la medida ante el juez. La finalidad es asegurar el cuidado médico cuando el paciente no es consciente de su patología, garantizando, a la vez, su dignidad y libertad personal.