fecha de respuesta: 15.12.2024
La comunicación pública se produce cuando la música se hace audible a una colectividad fuera del ámbito doméstico, como en bares, tiendas o discotecas. El derecho de comunicación pública corresponde a los autores, intérpretes y productores musicales, gestionado por SGAE y AGEDI/AIE, que cobran un canon. La distribución, en cambio, consiste en la puesta a disposición de ejemplares físicos de la obra, vendiéndolos o cediéndolos. En el ejemplo de un local con música de fondo, no se distribuye la obra, sino se comunica públicamente. Por eso, el dueño paga licencia a SGAE (por los derechos de autor) y a veces otra a AGEDI/AIE (por los derechos de intérpretes y productores).