fecha de respuesta: 11.11.2024
La conciliación suele ser un acto formal regulado por normas procesales o laborales, donde un órgano público (o un juez de paz en ciertos casos) invita a las partes a alcanzar un acuerdo antes de continuar el litigio. El conciliador puede proponer una solución. En cambio, la mediación es un proceso más flexible: el mediador no impone propuestas, sino que facilita la comunicación para que las partes encuentren su propia solución. Ambas buscan evitar el juicio, pero la mediación enfatiza la comunicación y el acuerdo construido entre las partes, mientras la conciliación puede tener un carácter más formal y breve.