fecha de respuesta: 21.11.2024
La propiedad horizontal se refiere a la división de un inmueble en elementos privativos (las viviendas o locales) y elementos comunes (zonas de paso, instalaciones, etc.). Cada propietario posee su parte individual y, a la vez, una cuota de participación en los espacios comunes. La Ley de Propiedad Horizontal regula la constitución de la comunidad, las juntas de propietarios y la adopción de acuerdos (presupuestos, derramas, mantenimiento). El titular debe contribuir a los gastos comunes según su coeficiente. Tener un chalet aislado equivale a una propiedad plena, sin copropiedad forzosa de elementos comunes (salvo casos de urbanizaciones con zonas compartidas). En propiedad horizontal, cada vecino debe respetar las normas comunitarias y las decisiones de la asamblea.