fecha de respuesta: 11.01.2025
El contrato de formación en alternancia combina trabajo retribuido con formación teórica oficial (certificado de profesionalidad) y está destinado a jóvenes sin cualificación. No puede durar más de 2 años, prorrogable en algunos casos. El salario se calcula proporcional a la jornada efectiva de trabajo, sin que baje del SMI en proporción. El contrato en prácticas, en cambio, se celebra con quienes poseen título universitario o de FP y busca la obtención de experiencia profesional. La retribución suele ser un porcentaje del salario de convenio para ese puesto, según escala. Ambos contratos tienen cotización reducida y finalidades formativas, pero requisitos y duración distintos.