fecha de respuesta: 18.12.2024
El Convenio Urbanístico de Gestión es un acuerdo entre la Administración y los propietarios/promotores para regular cómo se ejecutará la urbanización, definiendo plazos, cesiones y compromisos económicos. La Junta de Compensación, en cambio, es una agrupación de propietarios que se constituye para desarrollar el suelo conforme al plan, asumiendo las obras y repartiendo los costes. El Convenio puede complementarse con la Junta, fijando detalles de financiación y calendario. Ambos se enmarcan en sistemas de actuación urbanística (compensación, cooperación, expropiación) y buscan la implicación de los dueños en el proceso. El Convenio Urbanístico es más amplio, pudiendo contemplar aspectos no sólo de gestión, sino también financieros o de mejoras dotacionales.