fecha de respuesta: 18.01.2025
El Fondo de Garantía de Depósitos español garantiza hasta 100.000 euros por titular y entidad en depósitos bancarios (cuentas corrientes, imposiciones a plazo, cuentas de ahorro). Se activa si el banco quiebra y no puede devolver los depósitos. No cubre productos de inversión como acciones o fondos, para los que existe un Fondo de Garantía de Inversiones distinto (FOGAIN) que protege hasta 100.000 euros en caso de insolvencia de la sociedad de valores. Planes de pensiones tampoco están cubiertos por el FGD, ya que se rigen por su propia normativa y patrimonio separado. El FGD se financia con aportaciones de las entidades adheridas.