fecha de respuesta: 06.12.2024
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cuantía retributiva mínima que debe percibir un trabajador por su jornada completa, fijada anualmente por el Gobierno mediante Real Decreto. Afecta a todos los sectores y convenios colectivos, sin que se puedan pactar cantidades inferiores. Puede computar retribuciones en especie y complementos, según el caso, pero la cuantía líquida final no puede ser inferior a ese nivel mínimo. Se actualiza, al menos, cada año teniendo en cuenta factores económicos, la evolución de la inflación y la media europea. Si un convenio establece un sueldo inferior al SMI, queda automáticamente elevado a este mínimo obligatorio.