fecha de respuesta: 07.11.2024
El suelo dotacional es aquel destinado a equipamientos públicos (centros educativos, sanitarios, deportivos) o espacios libres (parques). En los procesos de urbanización, los propietarios deben ceder gratuitamente al Ayuntamiento los suelos necesarios para dotaciones, según la proporción establecida por la ley y el planeamiento. Esto se contempla en la reparcelación: cada propietario aporta un porcentaje de su finca para viales, zonas verdes y equipamientos. Se considera parte de los deberes de la propiedad urbana. Así se asegura que la urbanización cuente con infraestructuras de uso colectivo sin necesidad de expropiar sistemáticamente.