fecha de respuesta: 29.10.2024
La normativa MIFID II exige a las entidades realizar un test de conveniencia y, en su caso, un test de idoneidad según el tipo de producto financiero que se venda. El test de conveniencia evalúa si el cliente entiende los riesgos de un producto no asesorado, mientras que el test de idoneidad es para servicios de asesoramiento o gestión de carteras, determinando si el producto se ajusta a los objetivos, conocimientos, experiencia y situación financiera del cliente. Sirve para proteger al inversor, evitando la comercialización inadecuada de productos complejos. El banco debe advertirle si el producto no es conveniente o si carece de información para evaluarlo.