fecha de respuesta: 04.11.2024
La colaboración público-privada se refiere a fórmulas en las que la Administración se asocia con el sector privado para ejecutar proyectos de interés público, combinando recursos y experiencia. No se limita únicamente a concesiones, sino que puede adoptar acuerdos marco de colaboración, proyectos de iniciativa privada, contratos de partenariado o contratos de servicios con riesgo compartido. La ley establece distintos procedimientos, como la concesión de obras o servicios, pero también contempla otras figuras contractuales adaptadas. El objetivo es optimizar la gestión y financiación de proyectos complejos, beneficiándose de la innovación privada, siempre que no se vulneren las normas de concurrencia ni se transfiera en exceso el riesgo al erario.