fecha de respuesta: 28.12.2024
La compraventa con pacto de retroventa o retro se da cuando el vendedor se reserva el derecho a recuperar el inmueble en un plazo máximo de 10 años (normalmente en la práctica son plazos más cortos), devolviendo al comprador el precio y los gastos pactados. El vendedor, si reúne el dinero, puede 'retrotraer' la propiedad. Se usa a veces como forma de financiación, aunque encubriría un préstamo con garantía real. Registralmente, se anota el pacto de retro. Si el vendedor no ejercita el derecho en plazo, la compraventa se consolida definitivamente a favor del comprador. Esto otorga al vendedor una salida para recuperar su inmueble, pero depende de la liquidez que logre reunir.