fecha de respuesta: 08.01.2025
La declaración complementaria se emplea para subsanar una autoliquidación ya presentada cuando se omitieron ingresos o se declararon menos retenciones, etc. Si el resultado perjudicó a Hacienda, se presenta una complementaria sumando el importe adicional. Así se evita la sanción más grave, aunque se aplican recargos por presentación extemporánea si es sin requerimiento (5%, 10%, 15% o 20% más intereses). Si la rectificación beneficia al contribuyente (p.ej., se olvidó una deducción), se hace 'solicitud de rectificación' en lugar de complementaria. La complementaria es para regularizar a favor de la Administración, añadiendo la parte impagada.