fecha de respuesta: 12.11.2024
Si se sospecha una enfermedad infectocontagiosa (fiebre aftosa, tuberculosis, etc.), la autoridad veterinaria puede decretar la inmovilización cautelar de todos los animales de la explotación, impidiendo su movimiento o venta hasta confirmarse el diagnóstico. Si se confirma la enfermedad, pueden establecerse zonas de protección y restricciones. Sólo cuando los test y controles garanticen la ausencia de contagio, se levantan las medidas para parte o toda la cabaña. El incumplimiento de la inmovilización es muy grave, pues podría propagar la enfermedad a otras granjas. A veces se sacrifican animales o se adoptan cuarentenas antes de liberar la comercialización.