fecha de respuesta: 11.12.2024
Si vendes a consumidores finales en varios Estados miembros por encima de un umbral (10.000 € anual total para la UE), estás obligado a aplicar el IVA del país de destino. Con la reforma de 2021, se implementó el sistema One-Stop-Shop (OSS), de modo que te registras en un país (por ejemplo, España) y presentas la declaración de IVA para todas las ventas intracomunitarias, abonando las cuotas correspondientes a cada Estado miembro. Esto evita múltiples registros en cada país. No afecta a aduanas si vendes dentro de la UE, pero si vendes desde fuera de la UE, se aplica el IOSS para importaciones de bajo valor. Es parte de la simplificación del comercio electrónico transfronterizo en la UE.