fecha de respuesta: 18.11.2024
Desde 2019, el Real Decreto-ley 8/2019 modificó el Estatuto de los Trabajadores obligando a todas las empresas a llevar un registro diario de la jornada efectiva. Debe incluir la hora de inicio y final de cada empleado, conservándolo durante 4 años a disposición de la Inspección. Se busca controlar horas extras no pagadas y velar por la conciliación. El método (fichaje, sistema digital, hoja firmada) lo decide la empresa, preferiblemente negociado con los representantes. Si no cumple, se considera infracción grave. Esta medida persigue la transparencia en horas trabajadas y la prevención de abusos o fraudes en la duración de la jornada.