fecha de respuesta: 27.11.2024
La 'observancia urbanística' se refiere al conjunto de facultades y procedimientos que tiene la Administración para verificar y hacer cumplir las normas urbanísticas: inspeccionar obras, exigir licencias, sancionar infracciones, ordenar medidas restauradoras. Habitualmente hay cuerpos de inspectores municipales que supervisan las obras y las licencias otorgadas. Aunque no se denomine formalmente 'policía urbanística', el Ayuntamiento ejerce funciones de policía administrativa en materia de suelo y edificación. Puede ordenar paralizar obras ilegales y promover la demolición si se infringe el planeamiento. A nivel autonómico, también existen órganos de inspección que vigilan actuaciones de gran relevancia territorial.