fecha de respuesta: 18.01.2025
Sí, la publicidad social (ONG, campañas de concienciación) también se somete a la Ley General de Publicidad, aunque no persiga un fin lucrativo. Debe ser veraz, no vulnerar derechos ni utilizar mensajes engañosos sobre el destino de las donaciones. Si promueve la recaudación de fondos, se exige transparencia. La publicidad institucional de Administraciones Públicas también se rige por criterios de objetividad y no puede incluir propaganda partidista. En esencia, cualquier mensaje publicitario, sea comercial o social, ha de acatar la legalidad y no inducir confusión o manipulación indebida.